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Se universaliza el Régimen de Aduana en Factoría (RAF)

DECRETO 252/2026

¡Buenas tardes!

Les informamos que el viernes pasado se publicó el Decreto 252/2026, una medida clave que busca desregular y potenciar la competitividad de todo el sector productivo nacional. Anteriormente, este régimen estaba prácticamente limitado al sector automotriz; pero con esto, las reglas del juego cambian para todos.

¿Qué significa esto para tu empresa?

El nuevo decreto elimina barreras históricas y simplifica la operatoria de importación de insumos para producir. Estos son los puntos fundamentales:

✅ Acceso Universal: Se elimina el requisito de las "actas-convenio" sectoriales. Cualquier empresa industrial, sin importar su rama, puede adherirse directamente al RAF.

✅ Flexibilidad en Garantías: Ya no es obligatoria la "garantía global única". Ahora las empresas pueden elegir la modalidad de garantía del Código Aduanero que mejor se adapte a su flujo de caja.

✅ Integración de la Cadena: El beneficio se extiende a los proveedores directos. Si importás insumos para un exportador que usa RAF, vos también podés acceder al régimen.

✅ Beneficio Financiero: Los tributos se difieren hasta que el producto se vende en el mercado interno (con un plazo de hasta un año) o se suspenden si el destino es la exportación.

💡Este decreto transforma un instrumento de nicho en una herramienta de eficiencia logística y financiera para el 93% restante de la industria que antes quedaba afuera. Menos burocracia, más libertad para producir y exportar.

Es momento de revisar las estructuras de costos y evaluar la adhesión a este régimen que comenzará a regir plenamente en 60 días.

Les dejamos un checklist práctico y exigente para que, apenas salga la reglamentación operativa del RAF (Aduana Factoría), puedan evaluar rápido si les conviene y si están en condiciones de entrar.

✅ 1) Encaje básico (filtro inicial)
Antes de mirar detalles:

  • ¿Tenés proceso productivo real (transformación/ensamble)?

  • ¿Importás insumos o partes (no solo producto terminado)?

  • ¿Exportás o podrías exportar una porción relevante?
    👉 Si la respuesta es “no” a lo anterior, el RAF difícilmente aplique.

🏭 2) Planta y circuito físico
La Dirección General de Aduanas te va a exigir que la planta funcione como “zona controlada”:

  • Layout definido (ingreso → almacenamiento → producción → egreso)

  • Sectores segregados (RAF vs mercadería nacionalizada)

  • Posible control de accesos / CCTV

  • Procedimientos documentados (SOPs)
    👉 Si hoy tu depósito y producción están mezclados sin trazabilidad física, vas a tener que ordenar esto.

📦 3) Trazabilidad (core del régimen)
Esto es lo más crítico:

  • Relación insumo → producto final (BOM/estructura de producto)

  • Consumos estándar y reales

  • Mermas declaradas y justificadas

  • Lotes o identificadores trazables
    👉 En términos prácticos: tu ERP tiene que poder responder “este producto exportado contiene exactamente estos insumos importados”.

💻 4) Sistemas (ERP / inventarios)
Necesitás algo más que Excel:

  • Stock permanente por ubicación

  • Identificación de mercadería RAF vs nacionalizada

  • Movimientos auditables

  • Integración (ideal) con sistemas aduaneros
    👉 Si hoy manejás stock manual o poco estructurado, es un gap serio.

💰 5) Situación fiscal y aduanera
Condiciones típicas esperables:

  • CUIT activo sin inconsistencias

  • Sin deudas fiscales relevantes

  • Buen perfil de cumplimiento

  • Historial aduanero razonable
    👉 El régimen es “de confianza”: si tu scoring es bajo, te pueden excluir.

🛡️ 6) Garantías
Probablemente te pidan:

  • Seguro de caución o garantía bancaria
    Monto vinculado a:
    - tributos suspendidos
    - volumen operativo
    👉 Esto impacta costo financiero, aunque menor que nacionalizar todo.

🌍 7) Modelo de negocio (clave estratégica)
Evaluá esto con números:

Te conviene RAF si:

  • Tenés rotación alta de importaciones

  • Exportás (o podés exportar)

  • Tenés procesos industriales claros

El costo financiero de nacionalizar hoy te pesa

No te conviene si:

  • Importás producto terminado

  • Vendés 100% en mercado local sin transformación

  • Bajo volumen / operaciones esporádicas

❗8) Riesgos operativos

  • Ajustes por diferencias de stock

  • Observaciones por mermas mal declaradas

  • Desvíos de destino (lo que debía exportarse termina local)

  • Auditorías frecuentes
    👉 Es un régimen beneficioso, pero muy intensivo en compliance.

🧭 9) Qué hacer hoy (antes de la reglamentación)
Podés adelantarte con:

  1. Mapear tu proceso productivo

  2. Armar estructura de producto (BOM)

  3. Revisar cómo controlás stock

  4. Separar conceptualmente:
    insumos importados
    producción
    ventas (local vs exportación)

Diferencia RAF vs Importación Temporaria

📦 Lógica común

Ambos regímenes comparten el principio de suspensión de tributos:

*Ingresás insumos sin pagar derechos/IVA

*Si exportás el resultado → no pagás esos tributos

Hasta ahí, son parecidos.

⚙️ Diferencias estructurales

  1. Naturaleza del régimen

Importación temporaria:

*Régimen transaccional

*Se gestiona operación por operación (DJIT / destinación)

*Tiene plazo de vencimiento (ej: 360 días)

RAF:

*Régimen sistémico

*Se habilita la empresa como “aduana interna”

*No depende de una destinación puntual, sino de un flujo continuo

👉 Traducción:
Con RAF dejás de “pedir permiso operación por operación”.

  1. Gestión operativa

Importación temporaria:

*Tenés que:

  • vincular cada importación con una exportación

  • cumplir plazos estrictos

*Alto trabajo documental por operación

RAF:

*Trabajás con:

  • stock global bajo régimen

  • consumos productivos

  • La lógica pasa a ser:
    👉 inventario + transformación + destino

  1. Flexibilidad productiva

Importación temporaria:

*Más rígida (relación directa insumo ↔ exportación)

RAF:

*Mucho más flexible:

  • podés mezclar insumos

  • producir en serie

  • decidir destino después (exportar o nacionalizar)

Los mantendremos informados cualquier novedad.

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