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Se prorrogan los beneficios impositivos para las importaciones

¡Buenos días!

Les informamos que través de la Resolución Nro 5623 se prorrogan y extienden los beneficios de la resolución Gral Nro. 5490 que establecía que las importaciones a consumo de los productos que comprendian bienes de la canasta básica, no pagaban IVA percepción ni Anticipo Impuesto a las ganancias al momento de realizar la nacionalización de la mercadería. Es decir, de realizar el despacho aduanero.

Esto aplicaba inicialmente para las operaciones con registro de ingreso aduanero desde el 18 de marzo de 2024 por un plazo de CIENTO VEINTE (120) días. Plazo que venció el 16/07/2024. Y que mas tarde fuera prorrogado hasta el 31/12/2024.  Ahora nuevamente fue extendido para todo el 2025.

Más adelante se estableció mediante la Res. Gral. Nº5501 las operaciones de importación definitiva de bienes que sean realizadas por empresas Mi PyME, se incorporaban a un listado muy amplio de NCM a la Resolución Nº5490. De esta manera, y por 120 días, las operaciones de importación alcanzadas por esta Resolución no abonarian al momento de la nacionalización el IVA Adicional (20%) y el Anticipo Impuesto a las Ganancias. Nuevamente, esto se vencía en julio y se había prorrogado hasta diciembre de este año. Finalmente, ARCA decidió extenderlo hasta el 31 de diciembre de 2025.

¿Qué condición deben reunir las empresas que quieren acceder al beneficio para las PyMES? La empresa que quiera acceder a este beneficio debe si o si contar con “Certificado MiPyME” vigente.

Pueden consultar la resolución completa en el siguiente link 👇

Cualquier duda o inquietud que tenga, se pueden contactar con nosotros.